Información de exportación de Quark 2

Información de exportación – IMPORTANTE

Cámaras termográficas Quark 2 640 y 336 (60 Hz y 30Hz)

Todas las cámaras de velocidad de vídeo completa Quark 2 (60 Hz y 30 Hz) y los datos técnicos relacionados (distintos a los datos aprobados para la divulgación pública) están controlados con motivos de exportación por el Departamento de Comercio de EE. UU. (USDOC). Debe obtenerse una licencia de exportación validada del Departamento de Comercio de EE. UU. antes de la exportación, reexportación o retransferencia de una cámara Quark 2 fuera de los Estados Unidos o Canadá. El número de clasificación de control de exportación (ECCN) es 6A003.b.4.b para las cámaras Quark 2 que funcionan a 60 Hz (NTSC), o 50 Hz o 25 Hz (PAL).

Se requieren dos formularios para que FLIR haga una solicitud al Departamento de Comercio para obtener una licencia de exportación validada para cámaras termográficas de velocidad de vídeo completa con resolución de 640 x 512 o inferior: 

  1. Se debe cumplimentar un formulario BIS-711, Declaración de Destinatario Final O Comprador, por parte del destinatario y el usuario final. A continuación, el personal de exportación de FLIR enviará el formulario cumplimentado al USDOC. No está permitida la exportación, la reexportación ni la retransferencia de cámaras Tau 2 o los datos técnicos relacionados sin la previa aprobación del gobierno de los EE. UU. Se prohíbe cualquier desvío contrario a las leyes de EE. UU.
  2.  Formulario de información de transacción de FLIR. Consulte también la hoja de datos de exportación de FLIR

Cámaras termográficas Quark 2 de baja velocidad (<9 Hz)

Las cámaras termográficas con frecuencias de imágenes de menos de 9 Hz (antes conocidas como cámaras de «vídeo lento») pueden exportarse fuera de EE. UU. sin licencia de exportación, excepto para los países con embargo: Cuba, Irán, Corea del Norte y Siria, Crimea (Región de Ucrania), y el sector industrial ruso.

Las cámaras termográficas de vídeo lento no se pueden usar para aplicaciones militares y, a partir de 2017, el gobierno de los EE. UU. requiere que los clientes cumplimenten una declaración de uso final no militar para las cámaras termográficas que funcionen a <9 Hz. El número de clasificación de control de exportación (ECCN) para cámaras térmicas de vídeo lento es 6A993.

Aspectos generales

FLIR emplea a un equipo de profesionales del cumplimiento comercial que comprende las normas y regulaciones de exportación y puede ayudar a nuestros clientes si tienen problemas o preguntas relacionados con la exportación. En circunstancias en las que FLIR entregue una cámara a un cliente en EE. UU. que tenga la intención de exportar o reexportar la cámara FLIR fuera de Estados Unidos, esté o no la cámara integrada en otro producto, es responsabilidad del cliente solicitar la licencia de exportación necesaria al departamento adecuado del gobierno de EE. UU. Se prohíbe cualquier desvío contrario a las leyes de EE. UU.

Las políticas de exportación que rigen la exportación de cámaras termográficas las establece el gobierno de EE. UU. y para que FLIR cumpla los requisitos de las políticas, a su vez, nosotros nos aseguramos de que nuestros clientes aceptan estas condiciones.

Dirija sus preguntas o preocupaciones sobre el estado de exportación de productos termográficos OEM de FLIR a exportquestions@flir.com.

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